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Cárcel del partido

Nº 7 – LA CÁRCEL DEL PARTIDO JUDICIAL DE ALCÁZAR DE SAN JUAN EN LOS AÑOS 20 DEL SIGLO PADADO

  • Última modificación de la entrada:31 de agosto de 2022

Pedro Fernández Egido

Las prisiones de Alcázar de San Juan han sido varias a lo largo de su historia, incluso existieron espacios o lugares exentos para ser apresados, como fue la antigua ermita de San Sebastián, donde María Soledad Salve, en su trabajo sobre este emplazamiento, dice que, al ser recinto sagrado, sirvió  de refugio a los reos que huían de la justicia, como en el caso de Alfonso de Orea, quien “se retrajo en la ermita de San Sebastián en 1686”.

Lugares que han servido como cárceles en Alcázar han sido muchos, algunos bien documentados, como la antigua cárcel de gobernación, situada en lo que hoy es el Ayuntamiento; otros menos, como la cárcel eclesiástica de la Corona, situada entre las actuales calles de Independencia y Canalejas; la Capilla de Palacio, usada al inicio de la Guerra Civil, al igual que el Convento de la Santísima Trinidad, hasta los espacios que se adaptaron terminando la guerra, como el campo de concentración del actual colegio de la Santísima Trinidad, el convento de Santa Clara como cárcel para hombres, La Equidad, actual Escuela de Idiomas y la casa de las esquinas de Nieva, antigua farmacéutica, como cárcel de mujeres, en la actual calle San Francisco.

En este artículo vamos a centrarnos en la conocida Cárcel del Partido Judicial, actual centro penitenciario de Alcázar, que se instaló, en un primer momento, en el antiguo cuartel de los pajizos, entre las actuales calles de Santo Domingo y Diana, hasta que, en los años sesenta del siglo pasado, se traslada a donde está hoy, al final de la Avenida de Quero. En este artículo, tan solo nos  vamos a centrar en un periodo concreto, entre los años 1925 y 1936, para poder conocer cómo fue nuestra cárcel en la etapa aludida.  

Una buena aproximación a la época que estudiamos sobre esta Prisión, nos la ofrece Cadalso, en dos de sus libros: “Diccionario de Legislación Penal, Procesal y de Prisiones” y “Tribunales, Juzgados y Prisiones”. En el último, editado en 1898, podemos leer:

“Alcázar de San Juan.- Habitantes 9.557. Juzgado de ascenso. Cárcel de partido y depósito municipal. El edificio fue construido para casa de vecinos, se halla en el interior de la población y tiene 32 pequeños departamentos, los cuales se utilizan para dormitorios de hombres y mujeres, calabozos de castigo y cuartos de incomunicados, según la población reclusa y las necesidades de los servicios.

La plantilla del personal la forman un Vigilante segundo Jefe con 875 pesetas; uno ídem íd., con 700, y un Capellán, con 250, que cobran por trimestres vencidos, con algún retraso. El Jefe y el Vigilante habitan en el Establecimiento.

La cárcel dista de la estación un kilómetro, en la línea Madrid a Valencia y Alicante. El transporte de muebles y equipajes se hace en carros, a precios convencionales.

El número de reclusos oscila entre seis y diez, cada uno de los cuales percibe 50 céntimos diarios por socorro. La cárcel se rige por las disposiciones generales del ramo.”

En el suplemento que este mismo autor publica en el año 1910 a su “Diccionario de Legislación Penal, Procesal y de Prisiones”, encontramos las siguientes variaciones respecto de lo anterior: “Habitantes, 11.499. Superficie de prisión, 1.140 m2. Propiedad del Ayuntamiento. Plantilla del cuerpo: Jefe de vigilancia con 1.500 pesetas, tres Vigilantes de 3ª a 750. Extraño: Médico con 100, Capellán. El número de reclusos es de 10 por término medio”. Como podemos observar, la actividad del centro ha aumentado y ha sido dotado con más personal pero, además, ha aumentado la categoría del mismo, ya que el “director” de la prisión ya no es un vigilante, sino que ahora es un funcionario con categoría de Jefe de Vigilancia; por el contrario, se consolida bastante la población reclusa respecto de la primera cita. Lo que no ha cambiado en este intervalo, es la localización. La prisión estaba situada en la calle Santo Domingo, según se desprende de las facturas que se conservan en los archivos, ubicación que no variará durante todo el periodo que abarca este estudio, ya que, en las facturas de la Compañía Eléctrica, desde 1914 a 1935, puede todavía constatarse esta dirección.

El solar que ocupaba este Centro era el inmediatamente contiguo a la Capilla de Santo Domingo, hoy grupo escolar Jesús Ruiz[1].

En 1846 este edificio ya se encontraba construido, pues en el Diccionario de Madoz ya aparece esta prisión como “Cárcel del Juzgado, reciente, muy capaz, bien distribuida y segura”, por oposición a la “Cárcel de la Corona o eclesiástica, ruinosa[2].

 Para hacernos una idea real de la situación de la prisión de Alcázar y de la forma de vida que soportaban los internos durante los años que investigo, a continuación transcribo literalmente dos documentos de extraordinaria importancia: una carta del Jefe de la Prisión de Partido de Alcázar de San Juan, dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Instituciones Penitenciarias, en la que aquel informa del estado de la misma y, seguidamente, un inventario de utensilios y mobiliario correspondientes al año 1929, conservando en ambos casos la ortografía original:

 

“Cuando en el pasado mes de noviembre se hizo cargo el que suscribe de la Jefatura de Esta Prisión de Partido era tal el estado desastroso de conservación y de higiene en que el edificio carcelario se encontrava que bien puede decirse que los presos permanecían en él casi bajo palabra de honor, y que lo mismo los funcionarios que los reclusos se encontraban seriamente amenazados en su salud por la absoluta carencia de condiciones higiénicas de los locales forzados a ocupar y pésimas condiciones de habitabilidad.

Por todo ello, la principal preocupación del jefe que suscribe desde que tomó posesión de este cargo, fue la de conseguir de este Ayuntamiento (como propietario del edificio) la transformación y reparación del edificio, ha tantos años sentida y esperada.

No ha sido tarea facil; por la que si bien es general la apatía e indiferencia de los Ayuntamientos en cuanto tiene de relación con los servicios carcelarios, en el de esta ciudad, ha llegado en todas las épocas al mayor abandono. De aqui que el convencerlos ahora de la necesidad perentoria de ejecutar en esta Prisión unas obras de la importancia que su mal estado requería, era poco menos que una obra de romanos. Apelando a toda clase de resortes legales, imponiendose el dicente este programa como una cosa de amor propio, y haciendo intervenir cerca de esta Alcaldia hasta sus relaciones particulares, por fin se ha conseguido la asignación de presupuestos para ejecutar las reformas y reparaciones que paso á detallar:

Poner piso de cemento a los patios interiores (unos 750 ms. cuadrados de pavimento. Pisos que antes eran de tierra).

Idem á doce habitaciones (celdas y dormitorios y retretes).

Instalación de dos pilas lavaderos con sus grifos de agua corriente.

Idem de tres lavabos para aseo personal.

Idem de tres retretes inodoros.

Apertura huecos y colocación de tres puertas nuevas en locales que no las tenian.

Pintura de 20 puertas que se encontravan en pesimo estado.

Construccion de un Centro de Vigilancia entre los dos patios con grandes ventanales y sus respectivas rejas por las cuales se dominan y vigilan a satisfaccion los dos patios interiores donde permanece durante el día la población reclusa.

Arreglo de dos habitaciones estratejicamente colocadas á la entrada, una para despacho del Juzgado y otra para despacho del Jefe.

Y por último blanqueo y reparación del edificio, cuyas paredes estaban agrietadas y algunas medio derruidas. Ademas, por esta Alcaldia y Ayuntamientos del partido, se ha ofrecido solemnemente al dicente, el consignar en el nuevo presupuesto que se forme para el proximo año economico, una cantidad igual a la consignada é invertida en el actual, para realizar con ella la total reforma y reparacion del edificio.

Pero ahora que ya tenemos en vastante buenas condiciones, de seguridad, hijiene con dotacion de jergones, mantas y menaje de enfermería y casi de ornato, se hecha de ver la falta de moviliario de oficinas, casi por completo desmanteladas ó con unas cuantas sillas inutiles, muebles impropios por su estado de conservacion de una dependencia publica y tan escasos que resulta una cosa irrisoria. Igual ocurre Ilmo. Sr. con las consignaciones que para gastos de oficina é higiene y aseo, se tienen consignadas en la distrivucion de fondos que para atender á las obligaciones permanentes se asignan mensualmente á esta Prision (seis pesetas mensuales para cada uno de los servicios). Según el inventario que antecede, en utensilio, moblaje y efectos de esta Prisión, su valor asciende a la suma de trescientas veintinueve pesetas, con cincuenta céntimos, salvo error u omisión. Alcázar 30 de junio de 1929″.

[1] F. Cadalso, Tribunales, Juzgados y Prisiones, p. 37.

[2] P. Madoz, Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus posesiones de ultramar, 2ª ed., T. I, p. 114.

 

Inventario de 1929
Inventario de 1929

Del anterior inventario, se desprenden algunos cambios respecto de la descripción que nos hizo anteriormente Cadalso, distinguiendo en dos momentos, claramente separados por el primer semestre de 1929, en el que el Jefe de la Prisión, D. Arturo Cañadas, logra los grandes cambios que expone en su carta dirigida al Director General de Instituciones Penitenciarias.

El primer momento está delimitado temporalmente por el inicio del trabajo y el segundo semestre de 1929, fecha de la carta. No voy a hacer ningún comentario sobre el estado de conservación y la forma de vida dentro de la Prisión, únicamente voy a tomar el primer párrafo de la carta, ya que es suficientemente explícito: “[…] era tal el estado desastroso de conservación y de higiene en que el edificio carcelario se encontrava que bien puede decirse que los presos permanecían en él casi bajo palabra de honor, y que lo mismo los funcionarios que los reclusos se encontraban seriamente amenazados en su salud por la absoluta carencia de condiciones higiénicas de los locales forzados a ocupar y pésimas condiciones de habitabilidad.” Por otra parte solamente hay que observar los elementos sobre los que actuó el Jefe de la Prisión para observar las condiciones de insalubridad y hacinamiento. Podemos concluir que no existían lavaderos, ni lavabos, ni agua corriente dentro de la Prisión y que los retretes eran tablas con agujeros, en el mejor de los casos. La dotación del establecimiento es absolutamente ridícula según se desprende de los elementos residuales que fueron adquiridos con fecha anterior a 1929 y que aparecen reflejados en el inventario: todos los conceptos del almacén y de las oficinas, 3 mantas en regular estado y 7 inservibles, 3 cubos inservibles, 4 latas para servicios de celda en estado inservible y dos en buen estado y 4 cantarillos de barro inservibles y 3 en buen estado; ni más ni menos. También podemos hacernos una idea de la estructura de la Prisión; solamente dos patios en torno a los que se articulaban las celdas y dependencias, con un despacho anejo que hacía las veces de oficina y administración.

Tras la intervención de D. Arturo Cañadas en 1929, como rasgos más significativos, podemos destacar la existencia de enfermería que ha sido dotada entre los meses de enero y febrero de 1929 por un organismo ajeno a la misma prisión, ya que se desconoce el valor de los objetos inventariados. Teniendo en cuenta las Órdenes y Decretos anteriormente citados, cabe suponer que el organismo no es otro que la Dirección General de Prisiones.

Por otra parte, pueden empezar a sacarse ciertas conclusiones sobre la forma de vida dentro de las prisiones de partido españolas. Además de las anteriores descripciones, otras fuentes por las que también tenemos conocimiento directo de la estructura de la prisión para estos momentos, son los Partes de Relevo que obran en el Archivo (ver Apéndice Documental, Documento 5).

Se encontraba organizada en dos patios para los hombres, un departamento para las mujeres, unas celdas de aislamiento y un espacio “Entre rastrillos” (posibles celdas de ingresos o tránsitos), sobre los que giraba la actividad de los internos, así como un centro de control, entre los dos patios, y unas oficinas, al exterior, para dirección, labores judiciales y administración del centro.

A pesar de que en la carta del Jefe de la Prisión ya se habla de “buenas condiciones de seguridad e hijiene […] y casi de ornato”, puede constatarse la existencia de muy poco equipamiento para los internos, puesto que no aparece ropa, tampoco aparecen cocina ni instrumentos o medios para la elaboración de comida dentro de la prisión, por lo que cabe suponer que, o bien se la cocinaban los mismos internos, o era traída del exterior del establecimiento. Lo que sí debemos tener por cierto es que los gastos de alimentación corrían a cargo del Centro, como puede observarse:

Aunque también existía en el Centro una pequeña tienda, que suministraba comida, tabaco y sellos a los internos (existen en el Archivo “Listas de precios” de la tienda). Un extremo que llama poderosamente la atención, es el escaso equipamiento para las celdas y dormitorios -debemos imaginarnos, por tanto, unas condiciones de vida muy precarias-. No aparece otra dotación para estas instalaciones que 20 jergones de lona y 23 mantas (20 en buen estado, 3 en estado regular y 7 inútiles), elementos con los que los internos se las tenían que arreglar para dormir, todo ello teniendo en cuenta las frecuentes heladas invernales de la climatología manchega. Otro elemento llamativo es la dotación higiénicosanitaria, que se componía para todo el Centro de 4 tinajas para el agua en estado de conservación mediano, dos latas para el “servicio” de celdas (quizás haya que considerar la palabra servicio en su más amplio significado) y tres cantarillos de barro puesto que, de los siete inventariados, cuatro presentan un estado inservible (lógicamente habrá que dilucidar que están rotos); el último elemento que aparece inventariado son tres cubos, pero su estado de conservación es inservible. Todo ello nos induce a pensar en la precariedad de medios, echándose en falta elementos como sábanas, almohadas, colchas o toallas que sí aparecen inventariadas en el capítulo Enfermería, por lo que, de existir para el uso de los internos sanos, también deberían estar inventariados en el capítulo de Dependencias. Algo de luz puede arrojar la siguiente cita de Concepción Arenal:

“El deber de alimentarlos se reconoce, es cierto, y se cumple, aunque no bien, pero no el de vestirlos y albergarlos convenientemente.[…]ocupan lugares lóbregos, húmedos, reducidos, faltos de toda condición higiénica; carecen de cama y vestido[1].

 

Sobre lo dicho respecto de las condiciones de vida de los internos, llama la atención sobremanera la amplia dotación y el relativo buen estado de conservación del capítulo “Almacén”, compuesto, casi exclusivamente, de una inusitada variedad de medios represivos: 12 pares de grillos con sus consiguientes remachadores y martillos, una marquesina cadena y un lazo de alambre, elementos que suponen un 29,6 % del valor del inventario total de la prisión. Ni que decir tiene que se valoraba más este capítulo que el anterior, pero no hay que olvidar los objetivos que reserva al internamiento la legislación de la época, y así, la Exposición de Motivos del R.D. 3-VI-1901 aclara que “El tratamiento supone que sucesiva y simultáneamente actúe sobre el espíritu la acción del aislamiento, del trabajo, de la enseñanza primaria, religiosa e industrial, el rigor saludable de prudenciales castigos y el estímulo bienhechor de merecidas recompensas, a fin de que vaya poco a poco despertando en su conciencia el arrepentimiento de la culpa y en su corazón el propósito de tornar a la honradez, preparándose para tornar a la vida libre a medida que se acerque el fin de la condena.

[1] Concepción Arenal, citado en  TOMÁS Y VALIENTE, F., “Las cárceles y el Sistema Penitenciario bajo los Borbones”, En Historia 16, nº extra, octubre, 1978, pp.69 a 88. P. 84.

 

Pedro Fernández Egido
Diplomado en formación del profesorado de E.G.B., Universidad complutense.
Licenciado en Geografía e Historia, U.N.E.D.
Maestro del Centro Penitenciario de Alcázar de San Juan entre 1989 y 2007.
Profesor de enseñanza secundaria desde 2007.
Actualmente imparte los talleres de Historia del Arte y de Patrimonio histórico-artístico de Castilla-La Mancha en el Centro de Educación de Personas Adultas de Alcázar de San Juan.
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